Articulo 53 Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
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»Artículo 53. Altos estudios militares.
(DEROGADO)
La enseñanza de altos estudios militares tiene como finalidad preparar al militar de carrera para el desarrollo de actividades en los Estados Mayores y capacitarle para el desempeño de los cometidos del empleo de General de Brigada. También se consideran altos estudios militares los relacionados con la paz y la seguridad, la defensa nacional y la política militar, así como la investigación y desarrollo de las doctrinas para el empleo de las Fuerzas Armadas.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
(BOE de 20-11-2007) en vigor desde 01-01-2008