Articulo 529 sexies Ley de Sociedades de Capital
Artículo 529 sexies. Presidente del consejo de administración.
1. El consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, designará de entre sus miembros a un presidente y, en su caso, a uno o a varios vicepresidentes.
2. El presidente es el máximo responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración. Además de las facultades otorgadas por la ley y los estatutos sociales o el reglamento del consejo de administración, tendrá las siguientes:
a) Convocar y presidir las reuniones del consejo de administración, fijando el orden del día de las reuniones y dirigiendo las discusiones y deliberaciones.
b) Salvo disposición estatutaria en contra, presidir la junta general de accionistas.
c) Velar por que los consejeros reciban con carácter previo la información suficiente para deliberar sobre los puntos del orden de día.
d) Estimular el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones, salvaguardando su libre toma de posición.
- Modificación realizada (529 sexies, se añade) por Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.
(BOE de 04-12-2014) en vigor desde 24-12-2014 - Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 24-12-2014