Articulo 52 Reglamento de...r personal

Articulo 52 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

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Artículo 52. Disposición o Acuerdo de creación, modificación o supresión del fichero.

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1. La creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicados en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente

2. En todo caso, la disposición o acuerdo deberá dictarse y publicarse con carácter previo a la creación, modificación o supresión del fichero.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-01-2008 en vigor desde 19-04-2008