Articulo 503 Ley de Socie...de Capital

Articulo 503 Ley de Sociedades de Capital

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 503. Plazo mínimo para el ejercicio del derecho de suscripción y anuncio de la oferta.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En las sociedades cotizadas el ejercicio del derecho de suscripción preferente se realizará dentro del plazo concedido por los administradores de la sociedad, que no podrá ser inferior a catorce días desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".