Articulo 5 Reglamento de los procedimientos especiales de revision de decisiones en materia contractual y de organizacion del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
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»Artículo 5. Sustitución de titulares.
Vigente
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, el Presidente del Tribunal será sustituido por el vocal de más antigüedad en el Tribunal, y el de mayor edad, por este orden. En los casos de vacante, ausencia, o enfermedad que afecte a alguno de los vocales, el Presidente podrá asignar sus asuntos a otro vocal.
Modificaciones
- Modificación realizada (5) por Corrección de errores del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
(BOE de 04-11-2015) en vigor desde 25-10-2015 - Texto Original. Publicado el 25-09-2015 en vigor desde 25-10-2015