Articulo 5 Registro Admin...no casadas

Articulo 5 Registro Administrativo de parejas estables no casadas

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Artículo 5. Efectos.

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La inscripción constituirá requisito necesario para la aplicación a los miembros de la pareja estable no casada de los derechos y obligaciones reconocidos a los cónyuges por la normativa de Derecho Público Aragonés.