Articulo 5 Convenio OIT n...gual valor

Articulo 5 Convenio OIT nº 100, igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.