Articulo 49 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
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»Artículo 49. Autorización para contratar.
Los contratos, acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan excepcionados del requisito de la autorización para contratar prevista en el artículo 324 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
(BOE de 30-03-2022) en vigor desde 31-03-2022