Articulo 46 Ciencia, Tecnología e Innovación
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»Artículo 46. Agentes de ejecución de la Administración General del Estado.
Son agentes de ejecución de la Administración General del Estado los Organismos Públicos de Investigación, así como otros Organismos de investigación públicos dependientes, creados o participados mayoritariamente por la Administración General del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-06-2011 en vigor desde 02-12-2011