Articulo 43 TR de la ley ...as locales

Articulo 43 TR. de la ley reguladora de las haciendas locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 43. Obligados al pago.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Estarán obligados al pago de los precios públicos quienes se beneficien de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2004 en vigor desde 10-03-2004