Articulo 42513 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 425-13. Ineficacia de la sustitución
1. La sustitución ejemplar queda sin efecto al cesar realmente el estado de incapacidad del sustituido, aunque después no otorgue testamento, así como si el sustituto premuere al testador o al incapaz, o este al ascendente.
2. Si existen varios ascendientes, lo establecido por el apartado 1 se aplica con relación a la sustitución ejemplar respectiva.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003