Articulo 41 Medidas 2000 fiscales, administrativas y del orden social
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»Artículo 41. Modificación del artículo 106 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales administrativas y del orden social, sobre utilización de vivienda.
Se modifica el apartado cuatro del artículo 106 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, que queda redactado de la siguiente forma:
Cuatro. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, y en tanto el indicado desarrollo reglamentario no tenga lugar, continuará en el disfrute de la vivienda el personal que la viniera ocupando por razón del puesto de trabajo desempeñado, mientras permanezca en el citado puesto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2000 en vigor desde 01-01-2001