Articulo 40 Régimen juríd...r nacional

Articulo 40 Régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 40. Coordinación y formalización de nombramientos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La resolución del concurso, comprensiva de la totalidad de los candidatos no excluidos, según su orden de puntuación, se remitirá por la Corporación al Ministerio de Hacienda y Función Pública dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el Ministerio de Hacienda y Función Pública procederá a efectuar la coordinación de las resoluciones coincidentes, en atención al orden de preferencia formulado por los interesados, para evitar la pluralidad simultánea de adjudicaciones a favor de un mismo concursante y formalizará, en el plazo de un mes, los nombramientos procedentes, con publicación en el «Boletín Oficial del Estado».