Articulo 4 Se regula la tramitación electrónica automatizada de diversos procedimientos de gestión de determinadas prestaciones del sistema de la Seguridad Social
Cuarto. Archivo.
Los expedientes de tramitación automática se archivarán en el gestor documental SARTIDO, creando un macro documento, firmado mediante sello electrónico de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que contendrá:
a) Índice de los documentos autocontenidos.
b) Comprobante de la solicitud, firmado electrónicamente.
c) Documento síntesis con toda la información necesaria para resolver el expediente, incluyendo todos los datos precisos para determinar la existencia o no del derecho y, en su caso, la cuantía de la prestación. Dicho documento será firmado mediante sello electrónico de la entidad.
d) Resolución firmada mediante sello electrónico de la entidad.
e) En su caso, consentimiento expreso del interesado para que su identificación o autenticación se lleve a cabo por un funcionario público.
Las copias de los documentos electrónicos tendrán la consideración que se establece en el artículo 30 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.