Articulo 4 el que se apru... de Madrid

Articulo 4 el que se aprueba el Reglamento del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid

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Artículo 4. Clases de inscripciones.

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Las inscripciones en el Registro se producirán siempre a instancia de los interesados y podrán ser de cuatro clases:

  1. Inscripciones básicas.

  2. Inscripciones complementarias.

  3. Inscripciones de cancelación.

  4. Notas marginales.