Articulo 39 Medidas 1998 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»Artículo 39. Procesos selectivos de consolidación de empleo temporal.
La convocatoria de procesos selectivos para la sustitución de empleo interino o consolidación de empleo temporal estructural y permanente se efectuará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y mediante los sistemas selectivos de oposición, concurso o concurso-oposición. En este último caso, en la fase de concurso podrán valorarse, entre otros méritos, la experiencia en los puestos de trabajo objeto de convocatoria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999