Articulo 39 Ley de Propiedad Intelectual
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»Artículo 39. Parodia.
No será considerada transformación que exija consentimiento del autor la parodia de la obra divulgada, mientras no implique riesgo de confusión con la misma ni se infiera un daño a la obra original o a su autor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-04-1996 en vigor desde 23-04-1996