Articulo 39 Ley del Mercado de Valores

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Artículo 39. Responsabilidad en la aprobación del folleto.

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La CNMV será responsable de la aprobación del folleto, en los términos y con el alcance previsto en el artículo 20.9 del Reglamento (UE) n.º 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2017.