Articulo 39 Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -ITPyAJD-
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»Artículo 39.
1. El pago del impuesto en la expedición de los documentos mercantiles cubre todas las cláusulas en ellos contenidas, en cuanto a su tributación por este concepto.
2. Las letras de cambio expedidas en el extranjero que surtan cualquier efecto jurídico o económico en España se reintegrarán a metálico por su primer tenedor en ella.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-10-1993 en vigor desde 21-10-1993
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Impuesto de Actos Jurídicos Documentados