Articulo 39 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la UE y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea
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»Artículo 39. Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo
1. Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
2. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal libre, directo y secreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2008 en vigor desde 18-12-2000