Articulo 38 Reglamento del Senado

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Artículo 38.

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El Presidente ejerce la autoridad suprema de la Cámara en el Palacio del Senado y los demás edificios que de éste dependen; dicta cuantas medidas sean necesarias para el buen orden dentro de su recinto y da las órdenes oportunas a los funcionarios y agentes del orden.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-05-1994 en vigor desde 10-05-1994