Articulo 36 Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (LISOS)
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»Artículo 36. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
1. El establecimiento de cualquier tipo de agencias de reclutamiento.
2. La simulación o engaño en la contratación de los trabajadores que se desplazan al exterior.
3. El abandono de trabajadores desplazados por parte del empresario contratante o de sus representantes autorizados.
4. El cobro a los trabajadores de comisión o precio por su contratación.
5. La obtención fraudulenta de ayudas a los movimientos migratorios, ya sean individuales o de reagrupación familiar, o la no aplicación o aplicación indebida de dichas ayudas.Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadania española en el exterior.
(BOE de 15-12-2006) en vigor desde 16-12-2006