Articulo 36 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la UE y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea
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»Artículo 36. Acceso a los servicios de interés económico general
La Unión reconoce y respeta el acceso a los servicios de interés económico general, tal como disponen las legislaciones y prácticas nacionales, de conformidad con los Tratados, con el fin de promover la cohesión social y territorial de la Unión.
Modificaciones
- Modificación realizada por Correccion de errores de la Ley Organica 1/2008, de 30 de julio, por la que se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Union Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en la capital portuguesa el 13 de diciembre de 2007.
(BOE de 22-04-2009) en vigor desde 01-08-2008