Articulo 34 Reforma del E... Andalucia

Articulo 34 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 34. Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se reconoce el derecho a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación, mediante los medios y recursos que la ley establezca.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007