Articulo 328 Ley del Mercado de Valores
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»Artículo 328. Acuerdos de contrapartida central y de compensación y liquidación.
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores.
(BOE de 30-12-2017) en vigor desde 03-01-2018