Articulo 32 Modificación ...echo civil

Articulo 32 Modificación de la Compilación de derecho civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 32

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el párrafo primero del artículo 74 del Texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Los pactos sucesorios son irrevocables. Tan solo podrán ser modificados o dejados sin efecto por mutuo disentimiento que conste en escritura pública y por las causas enumeradas en los supuestos previstos en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 69 bis."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017