Articulo 31 Protección de datos personales tratados respecto de infracciones y sanciones penales
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»Artículo 31. Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento.
El encargado del tratamiento, así como cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento y tenga acceso a datos personales, sólo podrá someterlos a tratamiento siguiendo instrucciones del responsable del tratamiento, a menos que esté obligado a hacerlo por el Derecho de la Unión Europea o por la legislación española.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-05-2021 en vigor desde 16-06-2021