Articulo 31 desarrolla la Ley 32/2014 -Metrología-
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»Artículo 31. Vigilancia e Inspección.
La vigilancia e inspección a que se refiere el artículo 10 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, tendrá por objeto comprobar la obligatoria utilización del Sistema Legal de Unidades de Medida y que en la fabricación, comercialización, puesta en servicio y uso de los instrumentos de medida se cumplen los requisitos estipulados en este real decreto y en las reglamentaciones especificas aplicables.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 08-06-2016