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Articulo 302 Ley de Sociedades de Capital

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Artículo 302. Aumento por conversión de obligaciones.

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Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.

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  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010