Articulo 30 Reglamento de...terrorismo

Articulo 30 Reglamento de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

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Artículo 30. Requerimientos de las autoridades.

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La documentación e información obtenida o generada por los sujetos obligados podrá ser requerida por la Comisión, por sus órganos de apoyo o por cualquier otra autoridad pública o agente de la Policía Judicial de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado legalmente habilitado.

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  • Texto Original. Publicado el 06-05-2014 en vigor desde 06-05-2014