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Articulo 30 Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios

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Artículo 30. Modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

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La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, queda modificada como sigue.

Uno. Se añade un segundo párrafo al artículo 53.1, con la siguiente redacción:

«En caso de que los Ayuntamientos opten por explotar los servicios de temporada a través de terceros, aquéllos garantizarán que en los correspondientes procedimientos de otorgamiento se respeten los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.»

Dos. Se añade un segundo párrafo al artículo 74.3, con la siguiente redacción:

«En el otorgamiento de solicitudes relativas a actividades de servicios se respetarán los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.»

Tres. El apartado 1 del artículo 75 queda redactado en los siguientes términos:

«La Administración podrá convocar concursos para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre. En dichos procedimientos se respetarán los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2009 en vigor desde 27-12-2009