Articulo 30 General presupuestaria
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»Artículo 30. Programas plurianuales de los centros gestores.
1. Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
2. El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-11-2003 en vigor desde 01-01-2005