Articulo 30 Entorno controlado de pruebas para el ensayo del cumplimiento de la propuesta de Reglamento que establece normas armonizadas en materia de inteligencia artificial
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»Artículo 30. Coordinación con organismos de normalización españoles, europeos e internacionales.
El órgano competente establecerá cauces de colaboración con organismos de normalización españoles, europeos e internacionales con el fin de contribuir a la redacción de normas técnicas basadas en las experiencias del entorno controlado de pruebas, de tomar en consideración las recomendaciones y deliberaciones de dichos organismos para proporcionar mayor seguridad tanto a los proveedores IA participantes como a los usuarios participantes en el mismo, así como de experimentar elementos de normalización en el campo de la inteligencia artificial que ya hayan sido publicados o estén en proceso de desarrollo.