Articulo 30 Competencia desleal

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Artículo 30. Prácticas agresivas en relación con los menores.

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Se reputa desleal por agresivo, incluir en la publicidad una exhortación directa a los niños para que adquieran bienes o usen servicios o convenzan a sus padres u otros adultos de que contraten los bienes o servicios anunciados.

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