Articulo 30 Carrera militar
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»Artículo 30. Cuerpo General de la Armada.
1. Los miembros del Cuerpo General de la Armada, agrupados en escala de oficiales, escala de suboficiales y escala de marinería, tienen como cometidos la preparación y empleo de la Fuerza y del Apoyo a la Fuerza de la Armada.
2. Los empleos del Cuerpo General de la Armada son los de alférez de navío a almirante general en la escala de oficiales, los de sargento a suboficial mayor en la escala de suboficiales y los de marinero a cabo mayor en la escala de marinería.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008