Articulo 3 Reglamento de ... Edificios

Articulo 3 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3. Responsabilidad de su aplicación.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Quedan responsabilizados del cumplimiento del RITE, los agentes que participan en el diseño y dimensionado, ejecución, mantenimiento e inspección de estas instalaciones, así como las entidades e instituciones que intervienen en el visado, supervisión o informe de los proyectos o memorias técnicas y los titulares y usuarios de las mismas, según lo establecido en este reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-08-2007 en vigor desde 29-02-2008