Articulo 3 Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación publica
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo tercero. Ámbito de aplicación.
Este capítulo será aplicable exclusivamente, siempre que reúnan los requisitos en él exigidos, a:
a) Los acuerdos de compensación contractual financieros.
b) Los acuerdos de garantías financieras, tanto de carácter singular como si forman parte de un acuerdo marco, o resultan de las normas de ordenación y disciplina de los mercados secundarios o de los sistemas de registro, compensación y liquidación o entidades de contrapartida central.
c) Las propias garantías financieras.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-2005 en vigor desde 15-03-2005