Articulo 3 Parejas de Hecho de Extremadura
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»Artículo 3.- Requisitos personales
1. No pueden constituir una pareja de hecho de acuerdo con la presente Ley.
a. Los menores de edad no emancipados.
b. Las personas ligadas por vinculo matrimonial no separadas judicialmente.
c. Las personas que formen una pareja de hecho debidamente inscrita con otra persona.
d. Los parientes por consanguinidad o adopción en línea recta. e. Los parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.
2. No podrá pactarse la constitución de una pareja de hecho con carácter temporal ni someterse a condición.