Articulo 298 Reglamento penitenciario
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 298. Servicio de economato.
Los economatos de los Establecimientos penitenciarios son un servicio prestado por la institución penitenciaria a los internos que permite disponer de un sistema de adquisición de productos de naturaleza complementaria a los facilitados por la propia Administración penitenciaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-1996 en vigor desde 25-05-1996