Articulo 295 Tratado de l...pea -TFUE-

Articulo 295 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 295

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión llevarán a cabo consultas recíprocas y organizarán de común acuerdo la forma de su cooperación. A tal efecto y dentro del respeto de los Tratados, podrán celebrar acuerdos interinstitucionales que podrán tener carácter vinculante.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 07-06-2016