Articulo 295 Ley de Socie...de Capital

Articulo 295 Ley de Sociedades de Capital

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Artículo 295. Modalidades del aumento.

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1. El aumento del capital social podrá realizarse por creación de nuevas participaciones o emisión de nuevas acciones o por elevación del valor nominal de las ya existentes.

2. En ambos casos el aumento del capital podrá realizarse con cargo a nuevas aportaciones dinerarias o no dinerarias al patrimonio social, incluida la aportación de créditos contra la sociedad, o con cargo a beneficios o reservas que ya figurasen en el último balance aprobado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010