Articulo 293 TR. de la Ley de Contratos del Sector Público
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»Artículo 293. Pago del precio.
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-2011 en vigor desde 16-12-2011