Articulo 29 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-
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»Artículo 29
(antiguo artículo 15 TUE)
El Consejo adoptará decisiones que definirán el enfoque de la Unión sobre un asunto concreto de carácter geográfico o temático. Los Estados miembros velarán por la conformidad de sus políticas nacionales con las posiciones de la Unión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 07-06-2016