Articulo 29 TR. de la ley de aguas
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»Artículo 29. Nombramiento de los Presidentes de organismos de cuenca.
Los Presidentes de los organismos de cuenca serán nombrados y cesados por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Medio Ambiente. Los nombramientos se ajustarán a lo establecido en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-07-2001 en vigor desde 25-07-2001