Articulo 28 Ley del Estat...do Público

Articulo 28 Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

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Artículo 28. Indemnizaciones.

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Los funcionarios percibirán las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio.

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  • Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 01-11-2015