Articulo 27 regula el Esq...lectronica

Articulo 27 regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ambito de la Administracion Electronica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 27. Mecanismo de control.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cada órgano o Entidad de Derecho Público establecerá sus mecanismos de control para garantizar, de forma efectiva, el cumplimiento del Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-2010 en vigor desde 30-01-2010