Articulo 262 Reglamento penitenciario
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»Artículo 262. Efectos de la cancelación.
La cancelación de la anotación de las sanciones lleva aparejada la de las faltas por las que se impusieron y situará al interno, desde el punto de vista disciplinario, en igual situación que si no hubiere cometido aquéllas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-02-1996 en vigor desde 25-05-1996