Articulo 26 Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios
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»Artículo 26. Plazo de resolución.
1. El plazo de resolución de los procedimientos de inscripción será de seis meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en la sede electrónica del órgano encargado de la gestión del Registro.
2. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa, la persona interesada podrá entender estimada la solicitud.
3. El plazo para resolver podrá suspenderse en los casos establecidos en el artículo 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.