Articulo 26 Industria
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 26. Comisión de Registro e Información Industrial.
Para llevar a cabo una coordinación permanente en materia de Registro e información entre la Administración del Estado y las Administraciones Autonómicas, se crea la Comisión de Registro e Información Industrial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo e integrada por representantes de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-07-1992 en vigor desde 12-08-1992