Articulo 254 Ley de Socie...de Capital

Articulo 254 Ley de Sociedades de Capital

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 254. Contenido de las cuentas anuales.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las cuentas anuales comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo y la memoria.

2. Estos documentos, que forman una unidad, deberán ser redactados con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad, de conformidad con esta ley y con lo previsto en el Código de Comercio.

3. La estructura y contenido de los documentos que integran las cuentas anuales se ajustará a los modelos aprobados reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010